Dudas habituales

La documentación que usted debe facilitar para realizar una tasación oficial en es, una copia de la escritura del inmueble a tasar o una nota simple de la misma, además de, la referencia catastral del inmueble.

En cambio, para una tasación homologada en , es imprescindible aportar una nota simple actualizada, es decir, con menos de 3 meses de antigüedad, además de la referencia catastral.

En la visita en por parte del técnico, se realiza la comprobación y medición de la superficie, con el levantamiento de planos además de la comprobación de los acabados, los materiales y el estado de conservación del inmueble El levantamiento de planos puede variar en función de la finalidad solicitada

Hay algunas diferencias entre una valoración simple y una tasación oficial de mercado. En primer lugar, la valoración de mercado no le va a ser válido para nada oficial, a diferencia de la tasación oficial, la cual es válida para juzgados, Administración y procesos de compraventa. Además, el informe que se desarrolla es mucho más avanzado, por lo que contiene una valoración mucho más precisa del inmueble.

Ambas tasaciones cumplen y siguen la misma normativa pero, una tasación hipotecaria solo puede ser hecha por una entidad homologada por banco de España, y, dicha tasación, debe ser usada para presentarla ante la entidad con la que van a hacer la tasación. La tasación oficial, pese a cumplir la norma ECO 805, no tiene como tal la finalidad hipotecaria, por lo que, es válida para organismos públicos y juzgados, pero no para temas hipotecarios.

La Tasación Pericial Contradictoria es aplicable en el momento en el que La Administración Pública le comunica que el valor que declaró por la vivienda es inferior del valor fiscal , valor por el que hay que declarar impuestos de un inmueble.

En primer lugar es hacer las oportunas alegaciones por las que usted no está de acuerdo con la liquidación otorgada por la Administración Pública. En este paso, es importante que se reserve el derecho a promover la tasación pericial contradictoria. Este primer paso se debe realizar en el plazo de 10 días

En segundo lugar, usted tiene que notificar a Hacienda el arquitecto técnico que va a realizar la tasación. Este paso se debe de realizar en el plazo de 15 días.

En el último paso deberá presentar la tasación en el plazo de 30 días desde la notificación

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