La documentación que usted debe facilitar para realizar una tasación oficial en es, una copia de la escritura del inmueble a tasar o una nota simple de la misma, además de, la referencia catastral del inmueble.
En cambio, para una tasación homologada en , es imprescindible aportar una nota simple actualizada, es decir, con menos de 3 meses de antigüedad, además de la referencia catastral.
En la visita en por parte del técnico, se hace la comprobación y medición de la superficie, con el levantamiento de planos además de la comprobación de los acabados, los materiales y el estado de conservación
El levantamiento de planos puede variar en función de la finalidad solicitada
En primer lugar, la valoración de asesoramiento no le va a servir para ningún organismo oficial, a diferencia de la tasación oficial, la cual es válida para juzgados, Administración y procesos de compraventa.
Además, el informe que se desarrolla es mucho más avanzado, por lo que contiene una valoración mucho más precisa del inmueble.
Ambas tasaciones cumplen y siguen la misma normativa pero, una tasación hipotecaria solo puede ser hecha por una entidad homologada por banco de España, y, dicha tasación, debe ser usada para presentarla ante la entidad con la que van a hacer la tasación.
La tasación oficial, pese a cumplir la norma ECO 805, no tiene como tal la finalidad hipotecaria, por lo que, es válida para organismos públicos y juzgados, pero no para temas hipotecarios.
La Tasación Pericial Contradictoria es aplicable en el momento en el que Hacienda le comunica que el valor que usted ha declarado por el inmueble es inferior del valor fiscal .
El primer paso es realizar las alegaciones por las que usted no acepta la la comprobación de valores otorgada por la Administración Pública. En este paso, es importante que se reserve el derecho a promover la tasación pericial contradictoria. Este primer paso se debe realizar en el plazo de 10 días
En segundo lugar, usted tiene que notificar a Hacienda el arquitecto técnico que va a realizar la tasación. Este paso se tiene que realizar en el plazo de 15 días.
En el último paso usted deberá presentar la tasación en el plazo de 30 días desde la notificación
Para valorar una vivienda en , es necesario contar con una empresa tasadora. Un perito tasador analizará in situ el inmueble, analizará sus particularidades, ubicación y contrastará otras propiedades similares. Finalmente, expedirá un documento con el valor de mercado.
El importe de la tasación suele estar a cargo de la persona que demanda el informe, que normalmente es el futuro propietario si se trata de una hipoteca o el propietario si quiere conocer el coste de su propiedad.
Una tasación tiene varias utilidades: calcular el precio real para operaciones de compraventa, presentar un aval bancario, efectuar adjudicaciones hereditarias, valorar activos en empresas o gestionar impuestos como el de sucesiones o la imposición sobre el suelo urbano.
El plazo de realización suele oscilar entre dos y tres días tras la visita del tasador, aunque puede diferir según la naturaleza del bien y la documentación necesaria.
Por disposiciones del sector, las tasaciones tienen una duración de seis meses desde la fecha de emisión. Para otros usos, su vigencia variará según la evolución del mercado inmobiliario.
El coste depende según el naturaleza de la propiedad y la entidad certificada, pero suele rondar 180 y 500 euros.