Cuestiones habituales

La documentación que usted debe facilitar para realizar una tasación oficial en es, una copia de la escritura del inmueble a tasar o una nota simple de la misma, además de, la referencia catastral del inmueble.

En cambio, para una tasación homologada en , es imprescindible aportar una nota simple actualizada, es decir, con menos de 3 meses de antigüedad, además de la referencia catastral.

Durante la visita al inmueble en por parte del técnico, se realiza la comprobación y medición de la superficie, con el levantamiento de planos además de la comprobación de los acabados, los materiales y el estado de conservación El levantamiento de planos puede variar en función de la finalidad solicitada

Existen diferencias entre una valoración sencilla de asesoramiento y una tasación oficial inmobiliaria. En primer lugar, la valoración de asesoramiento no le va a servir para nada oficial, por el contrario, la tasación oficial, la cual es válida para juzgados, Administración y procesos de compraventa. Además, el informe que se desarrolla es mucho más avanzado, por lo que contiene una valoración mucho más precisa del inmueble.

Ambas tasaciones cumplen y siguen la misma normativa pero, una tasación hipotecaria solo puede ser hecha por una entidad homologada por banco de España, y, dicha tasación, debe ser usada para presentarla ante la entidad con la que van a hacer la tasación. La tasación oficial, pese a cumplir la norma ECO 805, no tiene como tal la finalidad hipotecaria, por lo que, es válida para organismos públicos y juzgados, pero no para temas hipotecarios.

El primer paso es realizar las oportunas alegaciones por las que no está de acuerdo con la liquidación otorgada por la Administración Pública. En este paso, es imprescindible que se reserve el derecho a realizar la tasación pericial contradictoria. Este primer paso se debe realizar en el plazo de 10 días

Tras las alegaciones, usted tiene que notificar a Hacienda el arquitecto que va a realizar la tasación. Este paso se debe de realizar en el plazo de 15 días.

Por último usted deberá presentar la tasación en el plazo de 30 días desde la notificación

Para tasar una vivienda en , es necesario contar con una empresa tasadora. Un experto en valoraciones se desplazará a el inmueble, estudiará sus aspectos relevantes, zona y examinará en comparación con otras ofertas del mercado. Finalmente, proporcionará una valoración con el valor económico.

El importe de la tasación suele ser asumido por la persona que solicita el informe, que normalmente es el comprador si se trata de una préstamo hipotecario o el titular si quiere conocer el precio de su inmueble.

Una tasación tiene varias utilidades: conocer el valor exacto para transacciones inmobiliarias, tramitar un préstamo hipotecario, efectuar adjudicaciones hereditarias, hacer auditorías de bienes o efectuar cálculos fiscales como el de sucesiones o la tasa de incremento de valor.

El plazo de realización suele situarse entre 48 y 72 horas tras la visita del tasador, aunque puede variar según la naturaleza del bien y la información requerida.

Puede contactar con nosotros en el número de forma gratuita.

Si lo desea, puede contactar a través de email enviándonos un email a info@valoralo.es o rellenando este formulario

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