La documentación que usted debe facilitar para realizar una tasación oficial en es, una copia de la escritura del inmueble a tasar o una nota simple de la misma, además de, la referencia catastral del inmueble.
En cambio, para una tasación homologada en , es imprescindible aportar una nota simple actualizada, es decir, con menos de 3 meses de antigüedad, además de la referencia catastral.
En la visita en por parte del arquitecto, se realiza la comprobación y medición de la superficie, con el levantamiento de planos además de la comprobación de los acabados, los materiales y el estado de conservación del inmueble
El levantamiento de planos puede variar en función de la finalidad solicitada
Existen grandes diferencias entre una valoración de asesoramiento y una tasación oficial de mercado.
En primer lugar, la valoración de mercado no le va a servir para nada oficial, a diferencia de la tasación oficial, la cual es válida para juzgados, Administración y procesos de compraventa.
Además, el informe que se desarrolla es mucho más avanzado, por lo que contiene una valoración mucho más precisa del inmueble.
Ambas tasaciones cumplen y siguen la misma normativa pero, una tasación hipotecaria solo puede ser hecha por una entidad homologada por banco de España, y, dicha tasación, debe ser usada para presentarla ante la entidad con la que van a hacer la tasación.
La tasación oficial, pese a cumplir la norma ECO 805, no tiene como tal la finalidad hipotecaria, por lo que, es válida para organismos públicos y juzgados, pero no para temas hipotecarios.
La Tasación Pericial Contradictoria es necesaria en el momento en el que La Administración Pública le comunica que el valor que ha declarado por el inmueble está por debajo del valor fiscal .
En primer lugar es realizar las alegaciones por las que usted no acepta la la comprobación de valores entregada por la Administración Pública. En este primer paso, es imprescindible que se reserve el derecho a promover la tasación pericial contradictoria. Este primer paso se debe realizar en el plazo de 10 días
Tras las alegaciones, usted debe de notificar a Hacienda el tasador que va a hacer la tasación. El segundo plazo se tiene que realizar en el plazo de 15 días.
En el último paso deberá presentar la tasación en el plazo de 30 días desde la notificación
Para calcular el valor de una vivienda en , es necesario contar con una empresa de tasaciones. Un tasador visitará el inmueble, analizará sus condiciones, zona y examinará en comparación con otras propiedades similares. Finalmente, realizará un dictamen con el valor económico.
El importe de la tasación suele estar a cargo de la persona que solicita el documento, que normalmente es el futuro propietario si se trata de una hipoteca o el propietario si quiere conocer el importe de su casa.
Una tasación tiene diversas aplicaciones: establecer el importe justo para transacciones inmobiliarias, solicitar una hipoteca, gestionar sucesiones, establecer el valor contable o gestionar impuestos como el de herencias o la imposición sobre el suelo urbano.
El periodo de emisión suele variar entre dos o tres días laborables tras la inspección del perito, aunque puede variar según la naturaleza del bien y la papelería exigida.
Por disposiciones del sector, las tasaciones tienen una validez de seis meses desde la firma del perito. Para otros fines, su validez estará condicionada por la evolución del mercado inmobiliario.
El valor se ajusta según el tipo de inmueble y la empresa tasadora, pero suele situarse entre 180 y 600 euros.