La documentación que usted debe facilitar para realizar una tasación oficial en es, una copia de la escritura del inmueble a tasar o una nota simple de la misma, además de, la referencia catastral del inmueble.
En cambio, para una tasación homologada en , es imprescindible aportar una nota simple actualizada, es decir, con menos de 3 meses de antigüedad, además de la referencia catastral.
En la visita en por parte del arquitecto, se realiza la comprobación y medición de la superficie, con el levantamiento de planos además de la comprobación de los acabados, los materiales y el estado de conservación
El levantamiento de planos puede variar en función de la finalidad solicitada
Existen grandes diferencias entre una valoración sencilla de asesoramiento y una tasación oficial de mercado.
En primer lugar, la valoración de asesoramiento no le va a ser válido para nada oficial, a diferencia de la tasación oficial, la cual es válida para juzgados, Administración y procesos de compraventa.
Además, el informe que se desarrolla es mucho más avanzado, por lo que contiene una valoración mucho más precisa del inmueble.
Ambas tasaciones cumplen y siguen la misma normativa pero, una tasación hipotecaria solo puede ser hecha por una entidad homologada por banco de España, y, dicha tasación, debe ser usada para presentarla ante la entidad con la que van a hacer la tasación.
La tasación oficial, pese a cumplir la norma ECO 805, no tiene como tal la finalidad hipotecaria, por lo que, es válida para organismos públicos y juzgados, pero no para temas hipotecarios.
La Tasación Pericial Contradictoria es necesaria en el momento en el que Hacienda le indica que el valor que ha declarado por la vivienda es inferior del valor fiscal .
En primer lugar es realizar las oportunas alegaciones por las que usted no acepta la la liquidación entregada por la Administración Pública. En este primer paso, es imprescindible que se reserve el derecho a promover la tasación pericial contradictoria. Este primer paso se debe realizar en el plazo de 10 días
Tras las alegaciones, usted tiene que notificar a Hacienda el arquitecto que va a realizar la tasación. Este paso se tiene que realizar en el plazo de 15 días.
En el último paso deberá presentar la tasación en el plazo de 30 días desde la notificación
Para tasar una vivienda en , es necesario contratar una empresa de tasaciones. Un tasador analizará in situ el inmueble, revisará sus aspectos relevantes, situación y contrastará otras edificaciones parecidas. Finalmente, proporcionará una valoración con el valor económico.
El precio de la tasación suele ser asumido por la persona que solicita el análisis, que normalmente es el futuro propietario si se trata de una operación con el banco o el vendedor si quiere conocer el precio de su inmueble.
Una tasación tiene diversas aplicaciones: conocer el valor exacto para transacciones inmobiliarias, presentar un aval bancario, efectuar adjudicaciones hereditarias, hacer auditorías de bienes o liquidar tributos como el de herencias o la tasa de incremento de valor.
El lapso de finalización suele estar comprendido entre dos y tres días tras la inspección del perito, aunque puede prolongarse según la situación de la vivienda y la documentación necesaria.
Por normativa, las tasaciones tienen una validez de medio año desde la firma del perito. Para otros objetivos, su aplicabilidad variará según la evolución del mercado inmobiliario.
El importe oscila según el naturaleza de la propiedad y la compañía especializada, pero suele situarse entre una media de 250 euros.