Cuestiones frecuentes

La documentación que usted debe facilitar para realizar una tasación oficial en es, una copia de la escritura del inmueble a tasar o una nota simple de la misma, además de, la referencia catastral del inmueble.

En cambio, para una tasación homologada en , es imprescindible aportar una nota simple actualizada, es decir, con menos de 3 meses de antigüedad, además de la referencia catastral.

En la visita en por parte del arquitecto, se hace la comprobación y medición de la superficie, con el levantamiento de planos además de la comprobación de los acabados, los materiales y el estado de conservación El levantamiento de planos puede variar en función de la finalidad solicitada

Existen grandes diferencias entre una valoración de mercado y una tasación oficial de mercado. En primer lugar, la valoración de asesoramiento no le va a ser válido para ningún organismo oficial, por el contrario, la tasación oficial, la cual es válida para juzgados, Administración y procesos de compraventa. Además, el informe que se desarrolla es mucho más avanzado, por lo que contiene una valoración mucho más precisa del inmueble.

Ambas tasaciones cumplen y siguen la misma normativa pero, una tasación hipotecaria solo puede ser hecha por una entidad homologada por banco de España, y, dicha tasación, debe ser usada para presentarla ante la entidad con la que van a hacer la tasación. La tasación oficial, pese a cumplir la norma ECO 805, no tiene como tal la finalidad hipotecaria, por lo que, es válida para organismos públicos y juzgados, pero no para temas hipotecarios.

En primer lugar es hacer las oportunas alegaciones por las que no está de acuerdo con la comprobación de valores entregada por Hacienda. En este primer paso, es imprescindible que se reserve el derecho a hacer la tasación pericial contradictoria. Este primer paso se debe realizar en el plazo de 10 días

En segundo lugar, usted deberá notificar a Hacienda el tasador que va a hacer la tasación. El segundo plazo se debe de hacer en el plazo de 15 días.

En el último paso usted deberá presentar la tasación en el plazo de 30 días desde la notificación

Para tasar una vivienda en , es necesario contratar una empresa de tasaciones. Un tasador examinará el inmueble, evaluará sus condiciones, zona y examinará en comparación con otras edificaciones parecidas. Finalmente, expedirá un documento con el importe de referencia.

El importe de la tasación suele estar a cargo de la persona que requiere el dictamen, que normalmente es el comprador si se trata de una préstamo hipotecario o el dueño si quiere conocer el precio de su inmueble.

Una tasación tiene varias utilidades: conocer el valor exacto para negociaciones de compra, presentar un aval bancario, efectuar adjudicaciones hereditarias, hacer auditorías de bienes o gestionar impuestos como el de sucesiones o la tasa de incremento de valor.

El periodo de emisión suele estar comprendido entre 48 y 72 horas tras la visita del tasador, aunque puede variar según la características de la propiedad y la documentación necesaria.

Puede contactar con nosotros en el número de forma gratuita.

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