La documentación que usted debe facilitar para realizar una tasación oficial en es, una copia de la escritura del inmueble a tasar o una nota simple de la misma, además de, la referencia catastral del inmueble.
En cambio, para una tasación homologada en , es imprescindible aportar una nota simple actualizada, es decir, con menos de 3 meses de antigüedad, además de la referencia catastral.
En la visita en por parte del técnico, se hace la comprobación y medición de la superficie, con el levantamiento de planos además de la comprobación de los acabados, los materiales y el estado de conservación
El levantamiento de planos puede variar en función de la finalidad solicitada
En primer lugar, la valoración de mercado no le va a valer para ningún organismo oficial, a diferencia de la tasación oficial, es válida para juzgados, Administración y procesos de compraventa.
Además, el informe que se desarrolla es mucho más avanzado, por lo que contiene una valoración mucho más precisa del inmueble.
Ambas tasaciones cumplen y siguen la misma normativa pero, una tasación hipotecaria solo puede ser hecha por una entidad homologada por banco de España, y, dicha tasación, debe ser usada para presentarla ante la entidad con la que van a hacer la tasación.
La tasación oficial, pese a cumplir la norma ECO 805, no tiene como tal la finalidad hipotecaria, por lo que, es válida para organismos públicos y juzgados, pero no para temas hipotecarios.
La Tasación Pericial Contradictoria es necesaria en el momento en el que Hacienda le indica que el valor que declaró por su vivienda está por debajo del valor fiscal , valor por el que hay que declarar impuestos de un inmueble.
El primer paso es realizar las alegaciones por las que no acepta la la liquidación entregada por Hacienda. En este primer paso, es imprescindible que se reserve el derecho a hacer la tasación pericial contradictoria. Este primer paso se debe realizar en el plazo de 10 días
Tras las alegaciones, usted tiene que notificar a Hacienda el arquitecto que va a hacer la tasación. Este paso se debe de hacer en el plazo de 15 días.
Por último usted deberá presentar la tasación en el plazo de 30 días desde la notificación
Para valorar una vivienda en , es necesario recurrir a una empresa tasadora. Un tasador se desplazará a el inmueble, analizará sus características, zona y examinará en comparación con otras edificaciones parecidas. Finalmente, expedirá un documento con el precio estimado.
El importe de la tasación suele recaer sobre la persona que demanda el documento, que normalmente es el interesado en la compra si se trata de una préstamo hipotecario o el vendedor si quiere conocer el coste de su propiedad.
Una tasación tiene diferentes finalidades: determinar el valor de mercado para transacciones inmobiliarias, presentar un aval bancario, gestionar sucesiones, establecer el valor contable o efectuar cálculos fiscales como el de herencias o la imposición sobre el suelo urbano.
El periodo de emisión suele estar comprendido entre dos y tres días tras la evaluación in situ, aunque puede prolongarse según la naturaleza del bien y la documentación necesaria.
Por regulació, las tasaciones tienen una duración de seis meses desde la expedición del informe. Para otros objetivos, su validez variará según la dinámica de precios.
El coste varía según el naturaleza de la propiedad y la firma homologada, pero suele oscilar entre 180 y 600 euros.