Preguntas frecuentes

La documentación que usted debe facilitar para realizar una tasación oficial en es, una copia de la escritura del inmueble a tasar o una nota simple de la misma, además de, la referencia catastral del inmueble.

En cambio, para una tasación homologada en , es imprescindible aportar una nota simple actualizada, es decir, con menos de 3 meses de antigüedad, además de la referencia catastral.

Durante la visita al inmueble en por parte del técnico, se realiza la comprobación y medición de la superficie, con el levantamiento de planos además de la comprobación de los acabados, los materiales y el estado de conservación del inmueble El levantamiento de planos puede variar en función de la finalidad solicitada

Hay algunas diferencias entre una valoración de asesoramiento y una tasación oficial de mercado. En primer lugar, la valoración de asesoramiento no le va a ser válido para nada oficial, a diferencia de la tasación oficial, es válida para juzgados, Administración y procesos de compraventa. Además, el informe que se desarrolla es mucho más avanzado, por lo que contiene una valoración mucho más precisa del inmueble.

Ambas tasaciones cumplen y siguen la misma normativa pero, una tasación hipotecaria solo puede ser hecha por una entidad homologada por banco de España, y, dicha tasación, debe ser usada para presentarla ante la entidad con la que van a hacer la tasación. La tasación oficial, pese a cumplir la norma ECO 805, no tiene como tal la finalidad hipotecaria, por lo que, es válida para organismos públicos y juzgados, pero no para temas hipotecarios.

En primer lugar es hacer las alegaciones por las que no está de acuerdo con la liquidación otorgada por la Administración Pública. En este paso, es crucial que se reserve el derecho a realizar la tasación pericial contradictoria. Este primer paso se debe realizar en el plazo de 10 días

En segundo lugar, usted debe de notificar a Hacienda el arquitecto que va a realizar la tasación. El segundo plazo se tiene que hacer en el plazo de 15 días.

En el último paso usted deberá presentar la tasación en el plazo de 30 días desde la notificación

Para valorar una vivienda en , es necesario solicitar los servicios de una empresa tasadora. Un experto en valoraciones analizará in situ el inmueble, evaluará sus particularidades, entorno y comparará otras edificaciones parecidas. Finalmente, emitirá un informe con el precio estimado.

El importe de la tasación suele recaer sobre la persona que demanda el informe, que normalmente es el futuro propietario si se trata de una hipoteca o el dueño si quiere conocer el precio de su inmueble.

Una tasación tiene diferentes finalidades: determinar el valor de mercado para negociaciones de compra, obtener financiación, dividir patrimonios, hacer auditorías de bienes o cumplir obligaciones fiscales como el tributo por legado o la tasa de incremento de valor.

El plazo de realización suele estar comprendido entre dos y tres días tras la evaluación in situ, aunque puede diferir según la complejidad del inmueble y la papelería exigida.

Puede contactar con nosotros en el número de forma gratuita.

Si lo desea, puede contactar a través de email enviándonos un email a info@valoralo.es o rellenando este formulario

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