La documentación que usted debe facilitar para realizar una tasación oficial en es, una copia de la escritura del inmueble a tasar o una nota simple de la misma, además de, la referencia catastral del inmueble.
En cambio, para una tasación homologada en , es imprescindible aportar una nota simple actualizada, es decir, con menos de 3 meses de antigüedad, además de la referencia catastral.
Durante la visita al inmueble en por parte del arquitecto, se hace la comprobación y medición de la superficie, con el levantamiento de planos además de la comprobación de los acabados, los materiales y el estado de conservación
El levantamiento de planos puede variar en función de la finalidad solicitada
En primer lugar, la valoración de mercado no le va a servir para nada oficial, en cambio, la tasación oficial, la cual es válida para juzgados, Administración y procesos de compraventa.
Además, el informe que se desarrolla es mucho más avanzado, por lo que contiene una valoración mucho más precisa del inmueble.
Ambas tasaciones cumplen y siguen la misma normativa pero, una tasación hipotecaria solo puede ser hecha por una entidad homologada por banco de España, y, dicha tasación, debe ser usada para presentarla ante la entidad con la que van a hacer la tasación.
La tasación oficial, pese a cumplir la norma ECO 805, no tiene como tal la finalidad hipotecaria, por lo que, es válida para organismos públicos y juzgados, pero no para temas hipotecarios.
La Tasación Pericial Contradictoria es aplicable en el momento en el que La Administración Pública le comunica que el valor que usted declaró por la vivienda está por debajo del valor fiscal .
El primer paso es realizar las alegaciones por las que usted no está de acuerdo con la liquidación realizada por Hacienda. En este primer paso, es crucial que se reserve el derecho a promover la tasación pericial contradictoria. Este primer paso se debe realizar en el plazo de 10 días
Tras las alegaciones, usted debe de notificar a Hacienda el tasador que va a hacer la tasación. El segundo plazo se debe de hacer en el plazo de 15 días.
Por último usted deberá presentar la tasación en el plazo de 30 días desde la notificación
Para valorar una vivienda en , es necesario recurrir a una empresa tasadora. Un experto en valoraciones se desplazará a el inmueble, evaluará sus particularidades, zona y comparará otras propiedades similares. Finalmente, proporcionará una valoración con el importe de referencia.
El importe de la tasación suele ser asumido por la persona que demanda el dictamen, que normalmente es el futuro propietario si se trata de una operación con el banco o el dueño si quiere conocer el valor de su vivienda.
Una tasación tiene múltiples usos: establecer el importe justo para compraventa, obtener financiación, dividir patrimonios, hacer auditorías de bienes o gestionar impuestos como el impuesto sobre herencias o la tasa de incremento de valor.
El plazo de realización suele variar entre dos y tres días tras la visita del tasador, aunque puede variar según la situación de la vivienda y la papelería exigida.
Por disposiciones del sector, las tasaciones tienen una duración de seis meses desde la fecha de emisión. Para otros usos, su validez se ajustará a la evolución del mercado inmobiliario.
El coste depende según el naturaleza de la propiedad y la firma homologada, pero suele estar comprendido entre 180 y 500 euros.