La documentación que usted debe facilitar para realizar una tasación oficial en es, una copia de la escritura del inmueble a tasar o una nota simple de la misma, además de, la referencia catastral del inmueble.
En cambio, para una tasación homologada en , es imprescindible aportar una nota simple actualizada, es decir, con menos de 3 meses de antigüedad, además de la referencia catastral.
En la visita en por parte del técnico, se realiza la comprobación y medición de la superficie, con el levantamiento de planos además de la comprobación de los acabados, los materiales y el estado de conservación
El levantamiento de planos puede variar en función de la finalidad solicitada
En primer lugar, la valoración de mercado no le va a servir para ningún organismo oficial, en cambio, la tasación oficial, la cual es válida para juzgados, Administración y procesos de compraventa.
Además, el informe que se desarrolla es mucho más avanzado, por lo que contiene una valoración mucho más precisa del inmueble.
Ambas tasaciones cumplen y siguen la misma normativa pero, una tasación hipotecaria solo puede ser hecha por una entidad homologada por banco de España, y, dicha tasación, debe ser usada para presentarla ante la entidad con la que van a hacer la tasación.
La tasación oficial, pese a cumplir la norma ECO 805, no tiene como tal la finalidad hipotecaria, por lo que, es válida para organismos públicos y juzgados, pero no para temas hipotecarios.
La Tasación Pericial Contradictoria es necesaria en el momento en el que La Administración Pública le indica que el valor que ha declarado por una vivienda está por debajo del valor fiscal , valor por el que hay que declarar impuestos de un inmueble.
El primer paso es hacer las oportunas alegaciones por las que usted no acepta la la liquidación entregada por la Administración Pública. En este primer paso, es crucial que se reserve el derecho a hacer la tasación pericial contradictoria. Este primer paso se debe realizar en el plazo de 10 días
Tras las alegaciones, usted tiene que notificar a Hacienda el tasador que va a realizar la tasación. Este paso se tiene que hacer en el plazo de 15 días.
En el último paso deberá presentar la tasación en el plazo de 30 días desde la notificación
Para valorar una vivienda en , es necesario contar con una empresa tasadora. Un tasador examinará el inmueble, evaluará sus características, ubicación y valorará en relación con otras edificaciones parecidas. Finalmente, proporcionará una valoración con el importe de referencia.
El importe de la tasación suele recaer sobre la persona que requiere el informe, que normalmente es el futuro propietario si se trata de una hipoteca o el dueño si quiere conocer el coste de su propiedad.
Una tasación tiene varias utilidades: establecer el importe justo para negociaciones de compra, presentar un aval bancario, realizar repartos de herencias, establecer el valor contable o cumplir obligaciones fiscales como el tributo por legado o la tasa de incremento de valor.
El tiempo de entrega suele oscilar entre un par de días y tres jornadas tras la inspección del perito, aunque puede diferir según la naturaleza del bien y la papelería exigida.
Por normativa, las tasaciones tienen una validez de seis meses desde la expedición del informe. Para otros fines, su aplicabilidad dependerá de la dinámica de precios.
El coste varía según el dimensión del bien y la entidad certificada, pero suele estar comprendido entre 180 y 600 euros.