La documentación que usted debe facilitar para realizar una tasación oficial en es, una copia de la escritura del inmueble a tasar o una nota simple de la misma, además de, la referencia catastral del inmueble.
En cambio, para una tasación homologada en , es imprescindible aportar una nota simple actualizada, es decir, con menos de 3 meses de antigüedad, además de la referencia catastral.
En la visita en por parte del arquitecto, se hace la comprobación y medición de la superficie, con el levantamiento de planos además de la comprobación de los acabados, los materiales y el estado de conservación
El levantamiento de planos puede variar en función de la finalidad solicitada
En primer lugar, la valoración de asesoramiento no le va a servir para nada oficial, por el contrario, la tasación oficial, es válida para juzgados, Administración y procesos de compraventa.
Además, el informe que se desarrolla es mucho más avanzado, por lo que contiene una valoración mucho más precisa del inmueble.
Ambas tasaciones cumplen y siguen la misma normativa pero, una tasación hipotecaria solo puede ser hecha por una entidad homologada por banco de España, y, dicha tasación, debe ser usada para presentarla ante la entidad con la que van a hacer la tasación.
La tasación oficial, pese a cumplir la norma ECO 805, no tiene como tal la finalidad hipotecaria, por lo que, es válida para organismos públicos y juzgados, pero no para temas hipotecarios.
La Tasación Pericial Contradictoria es aplicable en el momento en el que Hacienda le indica que el valor que usted declaró por su vivienda está por debajo del valor fiscal , valor por el que hay que declarar impuestos de un inmueble.
En primer lugar es realizar las oportunas alegaciones por las que usted no acepta la la comprobación de valores realizada por la Administración Pública. En este paso, es imprescindible que se reserve el derecho a hacer la tasación pericial contradictoria. Este primer paso se debe realizar en el plazo de 10 días
Tras las alegaciones, usted debe de notificar a Hacienda el arquitecto técnico que va a realizar la tasación. Este paso se debe de hacer en el plazo de 15 días.
Por último usted deberá presentar la tasación en el plazo de 30 días desde la notificación
Para tasar una vivienda en , es necesario contar con una empresa de tasaciones. Un tasador examinará el inmueble, revisará sus particularidades, situación y examinará en comparación con otras ofertas del mercado. Finalmente, emitirá un informe con el valor económico.
El importe de la tasación suele estar a cargo de la persona que demanda el dictamen, que normalmente es el interesado en la compra si se trata de una préstamo hipotecario o el dueño si quiere conocer el coste de su propiedad.
Una tasación tiene diferentes finalidades: determinar el valor de mercado para compraventa, solicitar una hipoteca, dividir patrimonios, hacer auditorías de bienes o efectuar cálculos fiscales como el tributo por legado o la ganancia patrimonial.
El periodo de emisión suele estar comprendido entre dos o tres días laborables tras la revisión del experto, aunque puede diferir según la complejidad del inmueble y la papelería exigida.
Por regulació, las tasaciones tienen una validez de medio año desde la expedición del informe. Para otros fines, su validez estará condicionada por la dinámica de precios.
El importe varía según el características de la vivienda y la compañía especializada, pero suele rondar 180 y 500 euros.