La documentación que usted debe facilitar para realizar una tasación oficial en es, una copia de la escritura del inmueble a tasar o una nota simple de la misma, además de, la referencia catastral del inmueble.
En cambio, para una tasación homologada en , es imprescindible aportar una nota simple actualizada, es decir, con menos de 3 meses de antigüedad, además de la referencia catastral.
En la visita en por parte del arquitecto, se realiza la comprobación y medición de la superficie, con el levantamiento de planos además de la comprobación de los acabados, los materiales y el estado de conservación
El levantamiento de planos puede variar en función de la finalidad solicitada
En primer lugar, la valoración de asesoramiento no le va a valer para ningún organismo oficial, en cambio, la tasación oficial, la cual es válida para juzgados, Administración y procesos de compraventa.
Además, el informe que se desarrolla es mucho más avanzado, por lo que contiene una valoración mucho más precisa del inmueble.
Ambas tasaciones cumplen y siguen la misma normativa pero, una tasación hipotecaria solo puede ser hecha por una entidad homologada por banco de España, y, dicha tasación, debe ser usada para presentarla ante la entidad con la que van a hacer la tasación.
La tasación oficial, pese a cumplir la norma ECO 805, no tiene como tal la finalidad hipotecaria, por lo que, es válida para organismos públicos y juzgados, pero no para temas hipotecarios.
La Tasación Pericial Contradictoria es necesaria en el momento en el que La Administración Pública le indica que el valor que usted ha declarado por la vivienda es inferior del valor fiscal .
El primer paso es realizar las alegaciones por las que no está de acuerdo con la comprobación de valores otorgada por Hacienda. En este paso, es crucial que se reserve el derecho a promover la tasación pericial contradictoria. Este primer paso se debe realizar en el plazo de 10 días
Tras las alegaciones, usted deberá notificar a Hacienda el arquitecto técnico que va a realizar la tasación. El segundo plazo se debe de hacer en el plazo de 15 días.
En el último paso deberá presentar la tasación en el plazo de 30 días desde la notificación
Para valorar una vivienda en , es necesario contar con una empresa de tasaciones. Un tasador visitará el inmueble, estudiará sus particularidades, entorno y contrastará otras edificaciones parecidas. Finalmente, emitirá un informe con el precio estimado.
El importe de la tasación suele ser asumido por la persona que demanda el análisis, que normalmente es el futuro propietario si se trata de una préstamo hipotecario o el propietario si quiere conocer el precio de su inmueble.
Una tasación tiene múltiples usos: conocer el valor exacto para transacciones inmobiliarias, presentar un aval bancario, gestionar sucesiones, valorar activos en empresas o liquidar tributos como el tributo por legado o la plusvalía municipal.
El tiempo de entrega suele variar entre dos y tres días tras la visita del tasador, aunque puede diferir según la características de la propiedad y la documentación necesaria.
Por , las tasaciones tienen una vigencia de medio año desde la expedición del informe. Para otros usos, su aplicabilidad variará según la dinámica de precios.
El precio oscila según el dimensión del bien y la entidad certificada, pero suele situarse entre 180 y 500 euros.