Preguntas frecuentes

La documentación que usted debe facilitar para realizar una tasación oficial en es, una copia de la escritura del inmueble a tasar o una nota simple de la misma, además de, la referencia catastral del inmueble.

En cambio, para una tasación homologada en , es imprescindible aportar una nota simple actualizada, es decir, con menos de 3 meses de antigüedad, además de la referencia catastral.

En la visita en por parte del técnico, se hace la comprobación y medición de la superficie, con el levantamiento de planos además de la comprobación de los acabados, los materiales y el estado de conservación del inmueble El levantamiento de planos puede variar en función de la finalidad solicitada

Hay algunas diferencias entre una valoración de asesoramiento y una tasación oficial de mercado. En primer lugar, la valoración de asesoramiento no le va a servir para nada oficial, por el contrario, la tasación oficial, la cual es válida para juzgados, Administración y procesos de compraventa. Además, el informe que se desarrolla es mucho más avanzado, por lo que contiene una valoración mucho más precisa del inmueble.

Ambas tasaciones cumplen y siguen la misma normativa pero, una tasación hipotecaria solo puede ser hecha por una entidad homologada por banco de España, y, dicha tasación, debe ser usada para presentarla ante la entidad con la que van a hacer la tasación. La tasación oficial, pese a cumplir la norma ECO 805, no tiene como tal la finalidad hipotecaria, por lo que, es válida para organismos públicos y juzgados, pero no para temas hipotecarios.

En primer lugar es realizar las alegaciones por las que no acepta la la comprobación de valores otorgada por Hacienda. En este primer paso, es importante que se reserve el derecho a hacer la tasación pericial contradictoria. Este primer paso se debe realizar en el plazo de 10 días

En segundo lugar, usted debe de notificar a Hacienda el arquitecto técnico que va a realizar la tasación. El segundo plazo se tiene que hacer en el plazo de 15 días.

En el último paso deberá presentar la tasación en el plazo de 30 días desde la notificación

Para valorar una vivienda en , es necesario solicitar los servicios de una empresa tasadora. Un perito tasador se desplazará a el inmueble, analizará sus características, situación y valorará en relación con otras edificaciones parecidas. Finalmente, realizará un dictamen con el valor de mercado.

El importe de la tasación suele recaer sobre la persona que requiere el documento, que normalmente es el interesado en la compra si se trata de una hipoteca o el dueño si quiere conocer el coste de su propiedad.

Una tasación tiene varias utilidades: conocer el valor exacto para negociaciones de compra, tramitar un préstamo hipotecario, gestionar sucesiones, establecer el valor contable o gestionar impuestos como el de sucesiones o la tasa de incremento de valor.

El plazo de realización suele estar comprendido entre 48 y 72 horas tras la visita del tasador, aunque puede prolongarse según la situación de la vivienda y la documentación necesaria.

Puede contactar con nosotros en el número de forma gratuita.

Si lo desea, puede contactar a través de email enviándonos un email a info@valoralo.es o rellenando este formulario

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