La documentación que usted debe facilitar para realizar una tasación oficial en es, una copia de la escritura del inmueble a tasar o una nota simple de la misma, además de, la referencia catastral del inmueble.
En cambio, para una tasación homologada en , es imprescindible aportar una nota simple actualizada, es decir, con menos de 3 meses de antigüedad, además de la referencia catastral.
En la visita al inmueble en por parte del arquitecto, se hace la comprobación y medición de la superficie, con el levantamiento de planos además de la comprobación de los acabados, los materiales y el estado de conservación
El levantamiento de planos puede variar en función de la finalidad solicitada
En primer lugar, la valoración de mercado no le va a servir para ningún organismo oficial, por el contrario, la tasación oficial, es válida para juzgados, Administración y procesos de compraventa.
Además, el informe que se desarrolla es mucho más avanzado, por lo que contiene una valoración mucho más precisa del inmueble.
Ambas tasaciones cumplen y siguen la misma normativa pero, una tasación hipotecaria solo puede ser hecha por una entidad homologada por banco de España, y, dicha tasación, debe ser usada para presentarla ante la entidad con la que van a hacer la tasación.
La tasación oficial, pese a cumplir la norma ECO 805, no tiene como tal la finalidad hipotecaria, por lo que, es válida para organismos públicos y juzgados, pero no para temas hipotecarios.
La Tasación Pericial Contradictoria es aplicable en el momento en el que Hacienda le indica que el valor que declaró por la vivienda es inferior del valor fiscal , valor por el que hay que declarar impuestos de un inmueble.
El primer paso es hacer las alegaciones por las que no acepta la la liquidación entregada por la Administración Pública. En este primer paso, es imprescindible que se reserve el derecho a realizar la tasación pericial contradictoria. Este primer paso se debe realizar en el plazo de 10 días
Tras las alegaciones, usted deberá notificar a Hacienda el arquitecto técnico que va a realizar la tasación. Este paso se debe de hacer en el plazo de 15 días.
En el último paso usted deberá presentar la tasación en el plazo de 30 días desde la notificación
Para valorar una vivienda en , es necesario recurrir a una empresa tasadora. Un tasador visitará el inmueble, evaluará sus características, situación y comparará otras edificaciones parecidas. Finalmente, proporcionará una valoración con el valor de mercado.
El valor de la tasación suele corresponder a la persona que requiere el documento, que normalmente es el interesado en la compra si se trata de una financiación inmobiliaria o el dueño si quiere conocer el precio de su inmueble.
Una tasación tiene varias utilidades: establecer el importe justo para operaciones de compraventa, obtener financiación, gestionar sucesiones, determinar el patrimonio empresarial o cumplir obligaciones fiscales como el de herencias o la tasa de incremento de valor.
El periodo de emisión suele oscilar entre 48 y 72 horas tras la visita del tasador, aunque puede extenderse según la naturaleza del bien y la información requerida.
Por disposiciones del sector, las tasaciones tienen una validez de medio año desde la fecha de emisión. Para otros fines, su relevancia estará condicionada por la tendencia económica.
El valor varía según el características de la vivienda y la firma homologada, pero suele rondar 180 y 600 euros.