La documentación que usted debe facilitar para realizar una tasación oficial en es, una copia de la escritura del inmueble a tasar o una nota simple de la misma, además de, la referencia catastral del inmueble.
En cambio, para una tasación homologada en , es imprescindible aportar una nota simple actualizada, es decir, con menos de 3 meses de antigüedad, además de la referencia catastral.
En la visita en por parte del técnico, se realiza la comprobación y medición de la superficie, con el levantamiento de planos además de la comprobación de los acabados, los materiales y el estado de conservación del inmueble
El levantamiento de planos puede variar en función de la finalidad solicitada
Existen grandes diferencias entre una valoración de mercado y una tasación oficial inmobiliaria.
En primer lugar, la valoración de asesoramiento no le va a ser válido para nada oficial, a diferencia de la tasación oficial, es válida para juzgados, Administración y procesos de compraventa.
Además, el informe que se desarrolla es mucho más avanzado, por lo que contiene una valoración mucho más precisa del inmueble.
Ambas tasaciones cumplen y siguen la misma normativa pero, una tasación hipotecaria solo puede ser hecha por una entidad homologada por banco de España, y, dicha tasación, debe ser usada para presentarla ante la entidad con la que van a hacer la tasación.
La tasación oficial, pese a cumplir la norma ECO 805, no tiene como tal la finalidad hipotecaria, por lo que, es válida para organismos públicos y juzgados, pero no para temas hipotecarios.
La Tasación Pericial Contradictoria es aplicable en el momento en el que La Administración Pública le comunica que el valor que declaró por el inmueble es inferior del valor fiscal .
En primer lugar es realizar las alegaciones por las que no acepta la la comprobación de valores entregada por la Administración Pública. En este primer paso, es imprescindible que se reserve el derecho a realizar la tasación pericial contradictoria. Este primer paso se debe realizar en el plazo de 10 días
Tras las alegaciones, usted tiene que notificar a Hacienda el arquitecto que va a hacer la tasación. Este paso se tiene que realizar en el plazo de 15 días.
En el último paso deberá presentar la tasación en el plazo de 30 días desde la notificación
Para tasar una vivienda en , es necesario contar con una empresa de tasaciones. Un tasador visitará el inmueble, evaluará sus particularidades, ubicación y examinará en comparación con otras ofertas del mercado. Finalmente, emitirá un informe con el precio estimado.
El coste de la tasación suele ser asumido por la persona que requiere el dictamen, que normalmente es el futuro propietario si se trata de una financiación inmobiliaria o el titular si quiere conocer el valor de su vivienda.
Una tasación tiene múltiples usos: conocer el valor exacto para negociaciones de compra, solicitar una hipoteca, realizar repartos de herencias, establecer el valor contable o gestionar impuestos como el de sucesiones o la plusvalía municipal.
El tiempo de entrega suele variar entre 48 y 72 horas tras la inspección del perito, aunque puede diferir según la complejidad del inmueble y la papelería exigida.
Por , las tasaciones tienen una duración de seis meses desde la elaboración del documento. Para otros propósitos, su vigencia dependerá de la evolución del mercado inmobiliario.
El importe se ajusta según el naturaleza de la propiedad y la entidad certificada, pero suele situarse entre una media de 250 euros.