La documentación que usted debe facilitar para realizar una tasación oficial en es, una copia de la escritura del inmueble a tasar o una nota simple de la misma, además de, la referencia catastral del inmueble.
En cambio, para una tasación homologada en , es imprescindible aportar una nota simple actualizada, es decir, con menos de 3 meses de antigüedad, además de la referencia catastral.
Durante la visita al inmueble en por parte del arquitecto, se hace la comprobación y medición de la superficie, con el levantamiento de planos además de la comprobación de los acabados, los materiales y el estado de conservación
El levantamiento de planos puede variar en función de la finalidad solicitada
Existen grandes diferencias entre una valoración de asesoramiento y una tasación oficial de mercado.
En primer lugar, la valoración de asesoramiento no le va a ser válido para ningún organismo oficial, por el contrario, la tasación oficial, la cual es válida para juzgados, Administración y procesos de compraventa.
Además, el informe que se desarrolla es mucho más avanzado, por lo que contiene una valoración mucho más precisa del inmueble.
Ambas tasaciones cumplen y siguen la misma normativa pero, una tasación hipotecaria solo puede ser hecha por una entidad homologada por banco de España, y, dicha tasación, debe ser usada para presentarla ante la entidad con la que van a hacer la tasación.
La tasación oficial, pese a cumplir la norma ECO 805, no tiene como tal la finalidad hipotecaria, por lo que, es válida para organismos públicos y juzgados, pero no para temas hipotecarios.
La Tasación Pericial Contradictoria es necesaria en el momento en el que La Administración Pública le comunica que el valor que declaró por la vivienda es inferior del valor fiscal .
En primer lugar es hacer las alegaciones por las que usted no acepta la la liquidación otorgada por la Administración Pública. En este paso, es importante que se reserve el derecho a realizar la tasación pericial contradictoria. Este primer paso se debe realizar en el plazo de 10 días
En segundo lugar, usted deberá notificar a Hacienda el arquitecto técnico que va a hacer la tasación. El segundo plazo se tiene que realizar en el plazo de 15 días.
Por último deberá presentar la tasación en el plazo de 30 días desde la notificación
Para valorar una vivienda en , es necesario contar con una empresa tasadora. Un tasador examinará el inmueble, analizará sus particularidades, ubicación y comparará otras edificaciones parecidas. Finalmente, realizará un dictamen con el precio estimado.
El coste de la tasación suele estar a cargo de la persona que demanda el informe, que normalmente es el futuro propietario si se trata de una operación con el banco o el dueño si quiere conocer el precio de su inmueble.
Una tasación tiene diferentes finalidades: conocer el valor exacto para negociaciones de compra, presentar un aval bancario, efectuar adjudicaciones hereditarias, hacer auditorías de bienes o gestionar impuestos como el de sucesiones o la imposición sobre el suelo urbano.
El periodo de emisión suele variar entre dos o tres días laborables tras la evaluación in situ, aunque puede diferir según la características de la propiedad y la papelería exigida.
Por normativa, las tasaciones tienen una validez de seis meses desde la fecha de emisión. Para otros propósitos, su aplicabilidad dependerá de la dinámica de precios.
El precio depende según el dimensión del bien y la empresa tasadora, pero suele rondar 180 y 600 euros.