La documentación que usted debe facilitar para realizar una tasación oficial en es, una copia de la escritura del inmueble a tasar o una nota simple de la misma, además de, la referencia catastral del inmueble.
En cambio, para una tasación homologada en , es imprescindible aportar una nota simple actualizada, es decir, con menos de 3 meses de antigüedad, además de la referencia catastral.
En la visita al inmueble en por parte del técnico, se hace la comprobación y medición de la superficie, con el levantamiento de planos además de la comprobación de los acabados, los materiales y el estado de conservación del inmueble
El levantamiento de planos puede variar en función de la finalidad solicitada
Hay algunas diferencias entre una valoración sencilla de asesoramiento y una tasación oficial inmobiliaria.
En primer lugar, la valoración de mercado no le va a valer para ningún organismo oficial, por el contrario, la tasación oficial, es válida para juzgados, Administración y procesos de compraventa.
Además, el informe que se desarrolla es mucho más avanzado, por lo que contiene una valoración mucho más precisa del inmueble.
Ambas tasaciones cumplen y siguen la misma normativa pero, una tasación hipotecaria solo puede ser hecha por una entidad homologada por banco de España, y, dicha tasación, debe ser usada para presentarla ante la entidad con la que van a hacer la tasación.
La tasación oficial, pese a cumplir la norma ECO 805, no tiene como tal la finalidad hipotecaria, por lo que, es válida para organismos públicos y juzgados, pero no para temas hipotecarios.
La Tasación Pericial Contradictoria es aplicable en el momento en el que La Administración Pública le indica que el valor que declaró por un inmueble es inferior del valor fiscal .
El primer paso es realizar las oportunas alegaciones por las que usted no está de acuerdo con la comprobación de valores realizada por la Administración Pública. En este primer paso, es imprescindible que se reserve el derecho a hacer la tasación pericial contradictoria. Este primer paso se debe realizar en el plazo de 10 días
Tras las alegaciones, usted tiene que notificar a Hacienda el arquitecto técnico que va a hacer la tasación. El segundo plazo se tiene que hacer en el plazo de 15 días.
Por último usted deberá presentar la tasación en el plazo de 30 días desde la notificación
Para valorar una vivienda en , es necesario recurrir a una empresa de tasaciones. Un perito tasador se desplazará a el inmueble, estudiará sus aspectos relevantes, entorno y valorará en relación con otras ofertas del mercado. Finalmente, emitirá un informe con el valor económico.
El precio de la tasación suele estar a cargo de la persona que requiere el informe, que normalmente es el futuro propietario si se trata de una operación con el banco o el titular si quiere conocer el precio de su inmueble.
Una tasación tiene varias utilidades: establecer el importe justo para operaciones de compraventa, obtener financiación, efectuar adjudicaciones hereditarias, valorar activos en empresas o cumplir obligaciones fiscales como el de sucesiones o la tasa de incremento de valor.
El periodo de emisión suele estar comprendido entre 48 y 72 horas tras la revisión del experto, aunque puede variar según la características de la propiedad y la información requerida.
Por , las tasaciones tienen una validez de seis meses desde la firma del perito. Para otros fines, su aplicabilidad dependerá de la evolución del mercado inmobiliario.
El importe se ajusta según el tipo de inmueble y la compañía especializada, pero suele rondar 180 y 600 euros.