Preguntas habituales

La documentación que usted debe facilitar para realizar una tasación oficial en es, una copia de la escritura del inmueble a tasar o una nota simple de la misma, además de, la referencia catastral del inmueble.

En cambio, para una tasación homologada en , es imprescindible aportar una nota simple actualizada, es decir, con menos de 3 meses de antigüedad, además de la referencia catastral.

En la visita al inmueble en por parte del técnico, se hace la comprobación y medición de la superficie, con el levantamiento de planos además de la comprobación de los acabados, los materiales y el estado de conservación del inmueble El levantamiento de planos puede variar en función de la finalidad solicitada

Hay algunas diferencias entre una valoración de mercado y una tasación oficial de mercado. En primer lugar, la valoración de mercado no le va a valer para ningún organismo oficial, por el contrario, la tasación oficial, es válida para juzgados, Administración y procesos de compraventa. Además, el informe que se desarrolla es mucho más avanzado, por lo que contiene una valoración mucho más precisa del inmueble.

Ambas tasaciones cumplen y siguen la misma normativa pero, una tasación hipotecaria solo puede ser hecha por una entidad homologada por banco de España, y, dicha tasación, debe ser usada para presentarla ante la entidad con la que van a hacer la tasación. La tasación oficial, pese a cumplir la norma ECO 805, no tiene como tal la finalidad hipotecaria, por lo que, es válida para organismos públicos y juzgados, pero no para temas hipotecarios.

El primer paso es hacer las alegaciones por las que usted no acepta la la liquidación realizada por la Administración Pública. En este paso, es crucial que se reserve el derecho a hacer la tasación pericial contradictoria. Este primer paso se debe realizar en el plazo de 10 días

En segundo lugar, usted debe de notificar a Hacienda el arquitecto que va a realizar la tasación. El segundo plazo se tiene que hacer en el plazo de 15 días.

En el último paso deberá presentar la tasación en el plazo de 30 días desde la notificación

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